Lección Nro. 203
El ACTA DE TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL es aquella se realiza sin la existencia previa de un juicio, con la sola intervención y voluntad de las partes comparecientes, sin que sea necesaria la participación de autoridad competente.
El Acta de Transacción Extrajudicial se constituye en Título Ejecutivo conforme lo determina el Art. 347 del COGEP, con las implicaciones legales que de ello se derivan.
COGEP: Art. 347.- Títulos ejecutivos.- Son títulos ejecutivos siempre que contengan obligaciones de dar o hacer: 7. Transacción extrajudicial.
Abg. Nicolás Gualle
0998725157