Lección Nro. 203

El ACTA DE TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL es aquella se realiza sin la existencia previa de un juicio, con la sola intervención y voluntad de las partes comparecientes, sin que sea necesaria la participación de autoridad competente.

El Acta de Transacción Extrajudicial se constituye en Título Ejecutivo conforme lo determina el Art. 347 del COGEP, con las implicaciones legales que de ello se derivan.

COGEP: Art. 347.- Títulos ejecutivos.- Son títulos ejecutivos siempre que contengan obligaciones de dar o hacer: 7. Transacción extrajudicial.

Abg. Nicolás Gualle

0998725157

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Cátedra Jurídica Ecuador - Abg. Nicolás Gualle
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‘Omnium Potentior Est Sapientia’: “TODO PODEROSA ES LA SABIDURÍA”; ‘El conocimiento jurídico al servicio de la sociedad’ Abg. Nicolás Gualle 0998725157

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