Lección Nro. 163

El DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO se encarga de regular las relaciones entre individuos particulares en las que está presente un elemento de extranjería, lo que implica la confluencia de dos o más ordenamientos jurídicos nacionales o estatales.

Así, por ejemplo, tenemos el matrimonio entre personas de distintos países o la adopción; reconocimiento y ejecución de sentencias y resoluciones judiciales de un tribunal extranjero; cuestiones contractuales y sucesorias; y, la apostilla de documentos.

Para poder comprender y aplicar esta rama del derecho debemos conocer la legislación internacional y de los países donde residen los ciudadanos que requieren realizar un contrato o trámite con extranjeros.

Abg. Nicolás Gualle

0998725157

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Cátedra Jurídica Ecuador - Abg. Nicolás Gualle
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‘Omnium Potentior Est Sapientia’: “TODO PODEROSA ES LA SABIDURÍA”; ‘El conocimiento jurídico al servicio de la sociedad’ Abg. Nicolás Gualle 0998725157